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Sudfrica

Información general

Para entrar en Sudáfrica es necesario un pasaporte que al menos tenga una vigencia de 6 meses.

El visado es generalmente obligatorio para ciudadanos de todos los países a excepción de los procedentes de:

  • Miembros de la Unión Europea (a excepción de Eslovenia, Estonia, Letonia y Lituania), (Chipre, Eslovaquia, Hungría y Polonia,  para estancias máximas de 30 días) y Suiza para una estancia máxima de 90 días
  • Andorra, Argentina, Australia, Botswana, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Ecuador, EE.UU., Islandia, Israel, Jamaica, Japón, Liechtenstein, México, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, San Marino, San Vincente y Las Granadinas, Singapur, Taiwán, territorios británicos trasatlánticos, Uruguay y Venezuelapara una estancia máxima de 90 días
  • Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Benín, Bolivia, Cabo Verde, Corea del Sur, Costa Rica, Gabún, Guayana, Hong Kong (China), Jordania, Lesotho, Macao (China), Malasia, Malawi, Maldivas, Mauricio, Namibia, Perú, Sambia, Seychelles, Swazilandia, Tailandia y Turquía para una estancia máxima de 30 días



Solicitud de un visado

Para la solicitud de un visado se necesitan los siguientes documentos:

  • Pasaporte vigente (con una vigencia mínima de 6 meses)
  • 2 fotografías tamaño pasaporte
  • Formulario de solicitud (se puede adquirir  en la página Web de la autoridad responsable de Asuntos Exteriores y en las páginas Web de la embajada y consulados)
  • Las tasas se pueden pagar en efectivo o por giro postal
  • Escrito de la empresa y carta de invitación (en el caso de visado de negocios)
  • Certificado de solvencia económica
  • Billete de regreso o de continuación del viaje
  • Permiso de residencia



Consideraciones a tener en cuenta

Visado de tránsito: Viajeros en tránsito, que continúan su viaje, que no abandonan el aeropuerto y que demuestran con documentos la continuación de su viaje no necesitan el visado de tránsito. Los ciudadanos de algunos países necesitan un visado de tránsito.


Permiso de residencia:
Los ciudadanos extanjeros, con obligación de visado o no, obtienen en la frontera un permiso de residencia. El visado no garantiza el permiso de entrada.


Estudiantes/Trabajadores:
El visado de estudiante y el visado de trabajo debe ser solicitado en las oficinas diplomáticas correspondientes en el país de procedencia.