Malta
Información general
Para entrar en Malta es necesario un pasaporte, a excepción de los ciudadanos procedentes de los siguientes países, que pueden entrar con el documento de identidad para estancias inferiores a 3 meses:
- Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal y Suiza
- El resto de países de la UE necesitan un pasaporte.
El visado es generalmente obligatorio para ciudadanos de todos los países, a excepción de los procedentes de los siguientes, para estancias inferiores a 3 meses:
- Miembros de la Unión Europea, (Hungría para un máximo de 30 días) y Suiza
- Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Brunei, Bulgaria, Canadá, Chile, Ciudad del Vaticano, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, EE.UU., El Salvador, Guatemala, Honduras, Hong Kong (China), Islandia, Islas Salomón, Israel, Japón, Libia, Liechtenstein, Malasia, México, Mónaco, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, Rumanía, San Marino, Singapur, Uruguay y Venezuela
- Territorios británicos trasatlánticos
Vigencia
3 meses válido para una estancia de 4 semanas. Prórrogas y nuevas expediciones en las oficinas de inmigración.
Solicitud de un Visado
Para la solicitud de un visado se necesitan los siguientes documentos:
- Pasaporte vigente
- 2 fotografías tamaño pasaporte
- Formulario de solicitud (se puede adquirir en la página Web de la autoridad responsable de Asuntos Exteriores y en las páginas Web de la embajada y consulados)
- Tasas
Consideraciones a tener en cuenta
Visado de tránsito: Viajeros en tránsito, que continúan su viaje en un período de 24 horas, que no abandonan la sala de espera y que demuestran con documentos la continuación de su viaje no necesitan el visado de tránsito.







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